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Se entiende por residuo cualquier producto en estado sólido, líquido o gaseoso procedente de un proceso de extracción, transformación o utilización, que carente de valor para su propietario, éste decide abandonar.
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos establece que "es cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anexo de esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo caso tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de residuo (CER), aprobado por las instituciones comunitarias".
La legislación existente sobre residuos distingue entre urbanos o municipales, peligrosos y otros tipos de residuos:
1º- Residuos Urbanos (no peligrosos). Son los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas o servicios, que estén fuera de la clasificación de peligrosos. También lo son los procedentes de la limpieza de las vías públicas, de zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos, muebles y enseres de la casa y vehículos abandonados.
2º. Residuos Peligrosos. Son aquellos que contienen en su composición una o varias sustancias que les confieren características peligrosas en cantidades o concentraciones tales, que representan un riesgo para la salud humana, los recursos naturales o el medio ambiente. Están incluidos también los recipientes y envases que hayan contenido estas sustancias.
Este grupo lo componen los residuos incluidos en los listados de la Orden del Ministerio de Medio Ambiente 304/2002, de 8 de febrero por las que se publican las Operaciones de Valorización y Eliminación de Residuos y la Lista Europea de Residuos, publicado en el BOE el 19 de febrero de 2002.
3º-Residuos de la Construcción y Demolición (Inertes) Son los residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. No son solubles, ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son biodegradables. Son desechos de obras de reforma, reparación, mantenimiento y nueva construcción de viviendas y otras edificaciones e infraestructuras.
No todos los puntos limpios están acondicionados para recepcionar todos los tipos de residuos, por lo que es necesario que antes de llevarlos se asegure telefónicamente que pueden ser entregados en el punto limpio que usted ha seleccionado.
También conviene que se informe sobre las limitaciones en peso y número de unidades que se pueden entregar.
Sí, por ejemplo en Cataluña se les conoce como deixalleries, en Valencia como ecoparques y en Euskadi como Garbigunes.
Nuestra recomendación es que antes de ir, salvo que ya lo conozca, es que contacte con el punto limpio por teléfono y se asegure de los tipos de residuo que aceptan, las limitaciones en peso y número de unidades, así como del horario.
A pesar del trabajo ímprobo que realizamos para localizar la ubicación exacta de los puntos limpios que forman parte de nuestra base de datos, somos conscientes de que no en todos los casos lo hemos logrado y por ello te agradecemos, de antemano, tu ayuda para mejorar y lograr entre todos que los puntos limpios, deixalleries, ecoparques, garbigunes, puntos verdes... sean cada vez más accesibles a los ciudadanos.
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